Auto Supremo AS/0377-1/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377-1/2016

Fecha: 28-Oct-2016

Fundamenta sobre la nulidad en la forma de Resolver la apelación, que según el art

Argumenta que correspondía que la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Cochabamba cumpla con lo dispuesto en el AS Nº 498 de 21 de julio de 2015, para que dicte un nuevo Auto de Vista que resuelva cada uno de los puntos apelados por la Fundación AGROCAPITAL, Confirmando, Revocando o Anulándola con reposición de obrados.
Fundamenta sobre la nulidad en la forma de Resolver la apelación, que según el art. 17 del Código Procesal Civil (CPC-2013) el Tribunal Supremo de Justicia tiene la obligación de proceder con la revisión de las actuaciones procesales de oficio, debiendo observar que en grado de apelación la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba no se pronunció sobre los aspectos solicitados en los recursos interpuestos