Auto Supremo AS/0377-1/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0377-1/2016

Fecha: 28-Oct-2016

La mencionada determinación, explica en su último Considerando: “Que no obstante lo ampliamente explanado, corresponde

La mencionada determinación, explica en su último Considerando: “Que no obstante lo ampliamente explanado, corresponde advertir: Que ante la interposición de la demanda contencioso- tributaria contra la RA 152/2008 de 15.04.2008 y la RD 11/2008 DE 18.04/2008, La Gerencia GRACO Cochabamba opuso la excepción de incompetencia del Tribunal, habiendo sido ésta resuelta con el Auto de 06 de junio de 2007, el mismo que una vez apelado, concedida que fue en el efecto devolutivo, mereció el Auto de Vista 085/2010 de 31 de julio de 2010 que resolvió anular obrados hasta el estado que el A quo dicte un nuevo Auto, resolviendo con claridad la excepción opuesta por la Administración Tributaria. Consta a su vez que dicho Auto de Vista fue recurrido de casación, habiendo merecido el Auto Supremo No. 184 de 07 de abril de 2015 que declaró infundado el Recurso de Casación Adquiriendo por consiguiente ejecutoria y aplicabilidad al referido Auto de Vista”