Por otro lado refirió que, hubo mala interpretación del art
Por otro lado refirió que, hubo mala interpretación del art. 83 del Manual de Prestaciones, ya que no se tomó en cuenta que existe una gran diferencia entre los años de trabajo y los aportes realizados, siendo que dicho artículo señala de manera clara que la unidad de recaudaciones determinara el número de cotizaciones del asegurado mediante la revisión de planillas de aportes; -continuo refiriendo que- en ese sentido se verificó las planillas, tal como lo señalan los informes cursantes en el expediente, estableciendo que no corresponde el reconocimiento de aportes por no figurar aportes dentro de las planillas de pago
- Auto Supremo Nº390 /2016
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I
- Contra el referido auto de vista, Olga Duran Uribe y Brenda Erika Siñani Rojas, en
- Prosiguió refiriendo que, en cuanto al art
- Por otro lado refirió que, hubo mala interpretación del art
- Petitorio: Concluyen el recurso solicitando que se conceda el mismo y que el Tribunal Supremo
- I.2.1 Respuesta al recurso de casación
- El demandante por memorial de fs
- CONSIDERANDO II
- Realizada la revisión del expediente y después de haberse efectuado el análisis correspondiente, pasamos a
- Por otro lado la entidad recurrente refirió que, hubo mala interpretación del art
- En ese contexto, este Supremo Tribunal considera que no son evidentes las infracciones denunciadas en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
