Realizada la revisión del expediente y después de haberse efectuado el análisis correspondiente, pasamos a
II.1. ESTUDIO DEL CASO Y JUSTIFICACIÓN DEL FALLO
II.2. Fundamentos Jurídicos del Fallo
Realizada la revisión del expediente y después de haberse efectuado el análisis correspondiente, pasamos a resolver las supuestas transgresiones que se denunciaron en el memorial del recurso de casación en el fondo, manifestando lo siguiente:
La entidad recurrente refirió en el recurso de casación, que el trámite de Compensación de Cotizaciones, se encontraba observado, debido a que no se cuenta en los archivos certificación de aportes de descuentos al seguro social a largo plazo; sin embargo el interesado adjunto certificado de años de servicio y no así de aportes, por lo que si bien Eric Enrique Beltrán Justiniano, figura en planillas de pago, pero el mismo no realizó aportes al sistema de reparto a largo plazo, ni al régimen complementario, como cursa en las planillas adjuntas de fs. 153 a 159, consiguientemente el auto de vista recurrido transgrede el art. 24 de la Ley Nº 065
II.2. Fundamentos Jurídicos del Fallo
Realizada la revisión del expediente y después de haberse efectuado el análisis correspondiente, pasamos a resolver las supuestas transgresiones que se denunciaron en el memorial del recurso de casación en el fondo, manifestando lo siguiente:
La entidad recurrente refirió en el recurso de casación, que el trámite de Compensación de Cotizaciones, se encontraba observado, debido a que no se cuenta en los archivos certificación de aportes de descuentos al seguro social a largo plazo; sin embargo el interesado adjunto certificado de años de servicio y no así de aportes, por lo que si bien Eric Enrique Beltrán Justiniano, figura en planillas de pago, pero el mismo no realizó aportes al sistema de reparto a largo plazo, ni al régimen complementario, como cursa en las planillas adjuntas de fs. 153 a 159, consiguientemente el auto de vista recurrido transgrede el art. 24 de la Ley Nº 065
- Auto Supremo Nº390 /2016
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I
- Contra el referido auto de vista, Olga Duran Uribe y Brenda Erika Siñani Rojas, en
- Prosiguió refiriendo que, en cuanto al art
- Por otro lado refirió que, hubo mala interpretación del art
- Petitorio: Concluyen el recurso solicitando que se conceda el mismo y que el Tribunal Supremo
- I.2.1 Respuesta al recurso de casación
- El demandante por memorial de fs
- CONSIDERANDO II
- Realizada la revisión del expediente y después de haberse efectuado el análisis correspondiente, pasamos a
- Por otro lado la entidad recurrente refirió que, hubo mala interpretación del art
- En ese contexto, este Supremo Tribunal considera que no son evidentes las infracciones denunciadas en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
