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    Auto Supremo AS/0785/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0785/2016

    Fecha: 10-Oct-2016

    III


    III. ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DE LA EXCEPCION OPUESTA

    Planteada la excepción de prescripción y con la respuesta brindada por la acusadora particular, corresponde a este Tribunal resolver el planteamiento de la imputada a través de resolución fundada conforme las previsiones del art. 124 del CPP.

    III.1. De la competencia de este Tribunal para resolver cuestiones incidentales referidas a la extinción de la acción penal
    • La imputada Jhenny Elva Encinas Soriano, en su memorial de Excepción de Extinción de la
    • Por decreto de 31 de agosto de 2016 (fs
    • III
    • El art
    • Asimismo el art
    • Por otra parte, es menester señalar que la figura de la extinción de la acción
    • En el ordenamiento jurídico procesal penal, la prescripción como motivo de extinción de la acción
    • Para establecer el inicio adecuado del cómputo del plazo de la prescripción del tipo penal
    • Estando establecido que el delito de Estafa, corresponde a la clasificación de delitos instantáneos y
    • Al respecto, la imputada, en el “OTROSI 1º” de su solicitud de extinción de la
    • Por lo expuesto, se tiene establecido que la impetrante de extinción de la acción penal
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
    • Regístrese y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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