Auto Supremo AS/0785/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0785/2016

Fecha: 10-Oct-2016

Por decreto de 31 de agosto de 2016 (fs


II. RESPUESTA DE LA PARTE ACUSADORA

Por decreto de 31 de agosto de 2016 (fs. 580), conforme lo dispuesto por el art. 314 del PP, modificado por el art. 8 de la Ley 586 de 20 de octubre de 2014, se corrió traslado a la parte acusadora, conforme se tiene de la diligencia cursante a fs. 594 vta., quien respondió expresando que desde la conducta ilícita de la acusada, transcurrió bastante tiempo, en el cual se operó una reparación del daño y el olvido de la infracción que le ocasionó perjuicios en su patrimonio; por lo que, considera que la prescripción penal debe ser concedida a la acusada