Auto Supremo AS/0835/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0835/2016-RRC

Fecha: 21-Oct-2016

Precisado el motivo, este Tribunal deberá verificar si el Auto de Vista recurrido incurrió en


Dado el vicio absoluto de sentencia advertido, en observancia del principio de congruencia que debe contener todo fallo, este se exime de pronunciarse sobre el tercer motivo del recurso, porque en él se está cuestionando una supuesta falta de fundamentación sobre cuestiones de fondo relativas a la fundamentación jurídica, en relación a los presupuestos calificantes por los que presuntamente se hubiese configurado la comisión del Asesinato.

III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN

Precisado el motivo, este Tribunal deberá verificar si el Auto de Vista recurrido incurrió en contradicción con los precedentes invocados respecto a la denuncia de que sin fundamentar la trascendencia y sin aplicar el método de supresión hipotética mental, dispuso la anulación de la sentencia ante el reclamo de falta de valoración de la declaración testifical de Mario Núñez Quispe, refiriendo que para el fiscal dicha prueba era esencial a los fines de demostrar su participación en el delito acusado; no considerando, que una afirmación hecha por el referido testigo jamás podría motivar una condena