Auto Supremo AS/1167/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1167/2016

Fecha: 07-Oct-2016

En ese sentido lo que reclama la parte recurrente respecto al hecho de que el

Con relación a lo reclamado el recurrente cuestiona la congruencia externa de la Resolución de Alzada, la misma que conforme la doctrina aplicable en el punto III.1 la resolución resulta ser ultra petita cuando los Tribunales hubieron otorgado más de lo pedido, en ese sentido se debe entender como el principio rector de toda determinación judicial, que exige la plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes (demanda, respuesta e impugnación y resolución) y lo resuelto por las autoridades judiciales, en definitiva, es una prohibición para el juzgador considerar aspectos ajenos a la controversia, limitando su consideración a cuestionamientos únicamente deducidos por las partes.
En ese sentido lo que reclama la parte recurrente respecto al hecho de que el Tribunal de Alzada habría otorgado más de lo pedido, porque habría determinado que Bertha Daco Justiniano sería la madre biológica del demandante, resultando esta una concesión ultra petita. De la revisión de la demanda cursante de fs. 12 a 14 de obrados el demandante reconoce como madre Biológica a Bertha Daco Justiniano y solicita la declaración judicial de paternidad respecto a su padre biológico quien sería German Alcoba Rodríguez, en ese sentido al determinar el Tribunal de Alzada que el demandante es hijo biológico de Bertha Daco Justiniano y Germán Alcoba Rodríguez, no resulta ser una resolución ultra petita, porque en la demanda hay un reconocimiento expreso de quien es la madre del demandante, estando solo en controversia el vínculo biológico del padre. Al margen de ello habiendo un reconocimiento expreso de quien es la madre y toda vez que en la partida de nacimiento deben figurar ambos progenitores, la consideración de quién es la madre y el padre no resulta ultra petita, no siendo evidente que el Tribunal de Alzada hubiera otorgado más de lo pedido, deviniendo en infundado su reclamo