Auto Supremo AS/1168/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1168/2016

Fecha: 07-Oct-2016

Por su parte el demandado al contestar la demanda refiere que de existir impedimentos para

Por su parte el demandado al contestar la demanda refiere que de existir impedimentos para la explotación de la madera se debería asumir por la sociedad, refiere observaciones de la ABT Tarija (fs. 82), alega que existe condición suspensiva que no se produjo por elementos externos a la voluntad del demandado, y que las partes deben efectuar el porcentaje de devolución de las cuotas de capital; sin embargo de ello la postura asumida difiere de la expuesta en el anterior proceso tramitado entre las mismas partes, en el que se dictó Sentencia y en lo relativo a la excepción planteada, -se deduce de acuerdo a dicho fallo- que Nelson Vladimir Prudencio Bejarano indicó que –de acuerdo a fotografías- la madera se encuentra en esa ciudad (fs. 50); y en el presente proceso maneja un argumento distinto, esa es una postura que rehúye al compromiso de devolución del capital que hubiera asumido al firmar el documento de 15 de julio de 2011