Se debe señalar que el art
Se debe señalar que el art. 312 del Código Civil refiere: “(Término dependiente de la voluntad de las partes) Cuando el término se deja a la voluntad del deudor o del acreedor y no lo llegan a establecer, el juez puede hacerlo, a pedido de uno u otro respectivamente, considerando las circunstancias”, corresponde fijar el plazo para el cumplimiento de la obligación contraída en la cláusula cuarta del documento de fs. 2, en consideración de no estar acreditada oficialmente la suspensión o caducidad de la licencia de explotación de madera que entiende el Ad quem, pues las partes declararon la existencia de la autorización para la explotación de madera en la cláusula segunda del documento de fs. 2; se arriba a dicha conclusión tomado en cuenta la data del tiempo del documento de 23 de julio de 2010 y la postura contradictoria asumida por el demandado que advierte el texto saliente a fs. 50 y la contestación del demandado en la demanda
- Partes: Romel Amado Antelo Saavedra. c/ Nelson Vladimir Prudencio Bejarano
- Proceso: Establecimiento de término para cumplimiento de condición
- Distrito: Tarija
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la Resolución de primera instancia se emite el Auto de Vista de fs
- Asimismo acusa aplicación indebida del art
- Acusa violación e interpretación errónea del art
- Refiere violación del art
- Asimismo refiere haberse incurrido en error de hecho y de derecho en la interpretación de
- Cita los arts
- Por lo que solicita casar el Auto de Vista manteniendo incólume la Sentencia
- III
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por su parte el demandado al contestar la demanda refiere que de existir impedimentos para
- Corresponde señalar que la literal de fs
- Corresponde señalar que en la literal de fs
- El Ad quem en el Auto de Vista de fs
- Se debe señalar que el art
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
