Auto Supremo AS/1171/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1171/2016

Fecha: 07-Oct-2016

Con relación a la prueba pericial, donde acusa que no se habría tomado en cuenta

Con relación a la prueba pericial, donde acusa que no se habría tomado en cuenta dos hechos contradictorios afirmados por el Perito de la Honorable Alcaldía Municipal de la ciudad de Tarija y de Cercado, pues habrían admitido que existieron dos planos de loteamiento a nombre de dos personas distintas en los cuales se encontraría el lote que fue de su propiedad; sobre este reclamo debemos señalar que si bien en obrados consta el informe pericial de fs. 93, donde la institución demandada adjuntó fotocopias simples para sustentar lo afirmado, informe que si bien señalaría lo referido por el recurrente, es decir que el lote objeto del litigio se encontraba planillado dentro del plano de loteamiento a nombre de Honorato Ortega, por lo que la Dirección de Desarrollo Urbano emitió la resolución administrativa Nº 02/2009 de fecha 06 de enero de año 2009, que en su artículo primero Anula el plano aprobado dentro del trámite administrativo Nº 1652/2000 de propiedad de Trifón Canaviri; de lo expuesto se infiere que si bien resulta evidente la sobreposición que refiere el recurrente, empero, también es evidente que dicho informe, así como las fotocopias simples adjuntadas al mismo, no acreditan de manera fehaciente que a consecuencia de dicha resolución donde se anula el plano aprobado del recurrente, es que se le haya despojado del inmueble, es decir que haya sufrido un daño