Auto Supremo AS/1218/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1218/2016

Fecha: 26-Oct-2016

Por otra parte, se tiene que el recurso de apelación cumple con lo dispuesto por

Por otra parte, se tiene que el recurso de apelación cumple con lo dispuesto por el art. 227 del adjetivo Civil y era deber del Ad quem emitir criterio resolviendo el conflicto en función a los agravios contenidos en el recurso de apelación conforme al art. 236 del C.P.C., y no escudarse en la falta de motivación y fundamentación, cuando dicho aspecto no fue reclamado. En ese entendido el Tribunal de Alzada debió pronunciarse sobre los agravios mencionados y debió establecer si dichos agravios expuestos por la apelante son o no evidentes, para lo cual de manera motivada y fundamentada le correspondía al Tribunal de alzada analizar esos aspectos y resolver en el fondo para revocar la Sentencia recurrida o en definitiva confirmar la misma