Auto Supremo AS/1238/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1238/2016

Fecha: 28-Oct-2016

Contra la mencionada Resolución ambas partes Jorge Antonio Vargas Paniagua y Mario Rolando Vargas Paniagua


Contra la mencionada Resolución ambas partes Jorge Antonio Vargas Paniagua y Mario Rolando Vargas Paniagua así como Reynaldo Terceros Ferrufino solicitaron complementación y enmienda y en mérito a ello se emitió el Auto, de fecha 17 de julio de 2015 cursante a fs. 1768 por el cual aclaran que en el Auto de Vista No 114/2015 de fecha 30 de abril de 2015 el contrato privado de fecha 8 de julio de 1999 debidamente reconocidas sus firmas ante Notaria de Fe Pública, tiene toda la validez de Ley respecto a la verdad de sus declaraciones, según lo establece el art. 1297 del Código Civil, por lo que de conformidad al art. 519 de la referida disposición legal, tiene la suficiente fuerza de ley entre las partes contratantes quedando todo lo demás incólume del Auto de Vista