Auto Supremo AS/0405-1/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0405-1/2016

Fecha: 25-Nov-2016

Bajo tales consideraciones, se concluye que la valoración probatoria desarrollada por el Tribunal de Apelación

Bajo tales consideraciones, se concluye que la valoración probatoria desarrollada por el Tribunal de Apelación en la causa, se encuentra enmarcada en los principios que informan la sana crítica y la experiencia, por lo tanto dentro de los cánones establecidos por los arts. 3.j) y 158 del Código Procesal del Trabajo, al haber concluido acertadamente que en la causa no concurren los elementos característicos de la relación laboral como son la subordinación y dependencia, sueldo o salario como contraprestación del servicio y finalmente la ajenidad o prestación de servicio por cuenta ajena, conforme quedó anotado precedentemente, por lo que no resulta evidente la vulneración del principio protector comprendido en el art. 4. I. a) del DS N° 28699 de 1 de mayo de 2006 y menos los derechos y beneficios sociales establecidos en los arts. 46.II y 48. I, II y III de la Constitución Política del Estado; puesto que la base para el reconocimiento de los derechos y beneficios sociales, sin duda es la existencia de una relación laboral, que más allá de las formalidades y en apego a la verdad material, debe estar demostrada, lo que en la causa no ocurrió