Auto Supremo AS/0911/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0911/2016-RRC

Fecha: 18-Nov-2016

Los motivos del presente recurso de casación fueron admitidos debido a la denuncia de: 1)


La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, resolvió el recurso de apelación restringida, por Auto de Vista 25/2016 de 25 de febrero, que declaró sin lugar el recurso de apelación restringida interpuesto por las recurrentes y en consecuencia confirmó la Sentencia en todas sus partes, expresando lo siguiente:

a)
Respecto a la supuesta falta de valoración probatoria, refiere que mantuvo la línea jurisprudencia establecida en el Auto Supremo 104/2015 de 12 de febrero, porque de la prueba testifical ofrecida fue considerada suficiente a efecto de que el A quo determine por la condena, habiendo fundamentado en la resolución impugnada las razones fácticas y jurídicas que motivaron su decisión, mismas que se apegan a la lógica la experiencia y la psicología.

b) Señala que es potestad de la parte acusadora fundamentar la acusación o simplemente ratificarse en la misma y siendo del conocimiento del contrario, no llega a vulnerar derecho alguno, puesto que conocen su contenido; tampoco, alcanza para determinar vulneración al debido proceso por defecto absoluto, porque el mismo es inexistente.
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DE LA VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES Y/O GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

Los motivos del presente recurso de casación fueron admitidos debido a la denuncia de: 1) Vulneración del derecho al debido proceso porque el Auto de Vista se emitió sin la debida motivación; y, 2) El Auto de Vista incurrió en incongruencia omisiva, porque el Tribunal de alzada omitió pronunciarse al tercer motivo de su recurso de apelación restringida, aspecto que vulnera el debido proceso; por lo que, corresponde analizar en el fondo la problemática planteada