Previo al desarrollo de los agravios, señala el recurrente que interpone el recurso de casación
c) Por diligencia de 9 de septiembre de 2016 (fs. 310), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 15 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del análisis de admisibilidad.
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
Previo al desarrollo de los agravios, señala el recurrente que interpone el recurso de casación en contra del Auto de Vista de 15 de junio de 2015, solicitando se remitan actuaciones al Tribunal Supremo de Justicia conforme el art. 417 de la Ley 1970
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Previo al desarrollo de los agravios, señala el recurrente que interpone el recurso de casación
- 1) El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, al no
- 3) Reclama que la fundamentación complementaria emitida por el Tribunal Departamental respecto a la imposición
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Es menester recordar que cuando se encuentra un recurso de casación en la fase de
- Ahora bien, el recurrente esencialmente denuncia sobre sus motivos primero, segundo y tercero que el
- En ese sentido, identificado los reclamos traídos en casación, los mismos no pueden ser objeto
- Por lo señalado, queda evidente que ante el incumplimiento de los arts
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
