Auto Supremo AS/0927/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0927/2016-RRC

Fecha: 24-Nov-2016

Agregan, que el Auto de Vista impugnado es incongruente entre su parte considerativa y dispositiva,


Las recurrentes denuncian que el Auto de Vista carece de motivación y fundamentación, atentando contra la garantía del debido proceso, legalidad y seguridad jurídica, al argumentar en el parágrafo II.3 de la resolución impugnada, que el Tribunal de mérito a tiempo de variar la calificación jurídica, habría cumplido con la exigencia de plantear la tesis a las partes a objeto de que se pronuncien y fijen posición al respecto; por lo que, al no haberse observado la imposición de la pena de privación de libertad, cuando el tipo penal previsto por el art. 271 segunda parte del CP, solo prevé la imposición de trabajo comunitario, su derecho de reclamo al respecto, a decir del Tribunal de alzada hubiere precluido, argumento que las imputadas consideran que vulnera su derecho a la defensa y acceso a la justicia, así como de los arts. 124, 362 del CPP, 178.I, 115 de la Constitución Política del Estado (CPE), 3.7 y 16.1 de la LOJ, pues a tiempo de interponer su recurso de apelación restringida solicitaron la revisión de oficio del referido defecto absoluto.

Agregan, que el Auto de Vista impugnado es incongruente entre su parte considerativa y dispositiva, al igual que en la sentencia; por cuanto, no existe fundamento del porqué se les priva de libertad cuando la pena para el ilícito acusado es de trabajos comunitarios