I.1.1. Motivo del recurso de casación
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes.
a)Por Sentencia 4/2016 de 4 de febrero (fs. 58 vta. a 67), la Jueza Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a la imputada Rosario Colquechambi Cuestas de Soruco, absuelta de responsabilidad y pena de los delitos de Difamación, Calumnia e Injurias, tipificados por los arts. 282, 283 y 287 del CP, con costas.
b)Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Mario Alberto Basswerner Liebers (fs. 70 a 80 vta.), interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 72/2016 de 17 de junio, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el recurso de apelación restringida y confirmó en su integridad la Sentencia impugnada, motivando la interposición del presente recurso de casación.
I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Por memorial presentado el 28 de junio de 2016, cursante de fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 644/2016-RA de 24 de agosto,
- 3) Finalmente, señala que la prueba de descargo habría sido introducida de manera ilegal, sin
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se determine la doctrina legal aplicable, dejando sin efecto el Auto de
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 644/2016-RA de 24 de agosto, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 4/2016 de 4 de febrero, la Jueza Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
- II.2.De la apelación restringida del querellante
- El recurrente Mario Alberto Basswerner Liebers, interpuso recurso de apelación restringida, que bajo el acápite
- Asevera que demostró el accionar ilícito y su relación de causalidad entre las conductas desplegadas
- En cuanto al principio de libre valoración de la prueba indica que no significa que
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Este Tribunal admitió el recurso interpuesto por el recurrente Mario Alberto Basswerner Liebers, abriendo su
- Para dicho fin, en primer término se procederá identificar el fundamento de los precedentes invocados
- III.1. Del precedente invocado y el análisis del motivo admitido
- Con relación a la impugnación efectuada en casación del motivo, admitido referido a que el
- En el recurso de casación en análisis, el recurrente advierte que el Auto de Vista
- Al respecto, se debe tener en cuenta que sobre el punto apelado referido a que
- En el tercer motivo el recurrente indicó, que la prueba de descargo habría sido introducida
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
