Del contenido del recurso de casación se extraen los siguientes reclamos
Emitido el nuevo Auto de Vista Nº REG/S.CII/ASEN.090/28.09.2015, de fecha 28 de septiembre de 2015, cursante de fs. 201 a 202 vta, por el cual CONFIRMO la Sentencia apelada con costas, con los siguientes fundamentos: -Que en el caso de Autos se tiene que la demandante Nancy Miriam Ortiz Grageda es heredera forzosa de la de cuyus Lidia Grageda Ormachea, al igual que la demandada Danny Margarita Ortiz Grageda debido a que las mismas fueron declaradas herederas forzosas ab intestato, resolución que no ha sido anulada por ninguna otra resolución; por consiguiente si esto es así las nombradas herederas forzosas tienen todo el derecho a la legítima dejada por la nombrada madre fallecida y por ende la demandante Nancy Miriam Ortiz Grágeda cuenta con plena legitimación activa sobre los bienes hereditarios dejados por la causante y fundamentalmente para interponer la presente demanda ordinaria de división y partición del bien inmueble, motivo de la presente Litis y posterior planteamiento de la excepción perentoria de nulidad de documento de fecha 23 de noviembre de 2006. Sin duda alguna la aparente expresión de última voluntad que la de cuyus Lidia Grágeda Ormachea efectúo a favor de sus hijos de manera desproporcionada, ha afectado las cuatro quintas partes como derecho irrenunciable que tienen a la legítima la demandante; consecuentemente, al haber la A quo declarado probadas la demanda y la excepción perentoria de nulidad ha obrado e interpretado correctamente las disposiciones legales citadas precedentemente.
Contra esta resolución de Alzada la recurrente Danny Margarita Ortiz Grágeda interpuso recurso de casación cursante de fs. 206 a 208, el cual se analiza:
II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Del contenido del recurso de casación se extraen los siguientes reclamos:
1.-Refiere que el Tribunal Ad quem no se pronunció sobre las mejoras efectuadas en el inmueble objeto del litigio, al que tampoco se refirió el Juez A quo
- Partes: Nancy Miriam Ortiz Grageda. c/ Danny Margarita Ortiz Grâgeda
- Proceso: División y Partición de bien inmueble
- Distrito: Cochabamba
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la Sentencia interpuso recurso de apelación Danny Margarita Ortiz Grageda cursante de fs
- Contra esta resolución anulatoria Danny Margarita Ortiz Grageda interpuso recurso de casación cursante de fs
- Del contenido del recurso de casación se extraen los siguientes reclamos
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- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Como se advierte, la norma antes referida otorgaba a la parte recurrente la posibilidad de
- Lo señalado supra, ya fue emitido en varios Autos Supremos pronunciados por este Tribunal Supremo
- Ahora si dicha respuesta, no satisfacía las expectativas deducidas por los recurrentes debieron formular la
- Al respecto el Auto Supremo Nº 492/2012 de fecha 14 de diciembre del
- Asimismo en el Auto Supremo Nº 331/2014 de fecha 26 de junio de 2014 se
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre lo reclamado diremos que de la revisión del Auto de Vista impugnado se evidencia
- A los efectos de una respuesta clara, es menester previamente tener en cuenta que
- Sobre lo observado diremos que el art
- Con relación al art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.
