Auto Supremo AS/1252/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1252/2016

Fecha: 01-Nov-2016

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Por los fundamentos expuestos corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el art.220.II del Código Procesal Civil
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 206 a 208 de obrados interpuesto por Danny Margarita Ortiz Grageda contra el Auto de Vista Nº REG/S.CII/ASEN.090/28.09.2013, de fecha 28 de septiembre de 2015, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba. Con costas y costos