Cita parte del Auto de Vista referente al art
Cita parte del Auto de Vista referente al art. 347 del Código de Procedimiento Civil, al efectuarse una interpretación teleológica de la Ley cuando debió mirarse el nuevo Código Procesal Civil en su art. 127, y acusa interpretación errónea de la Ley, describiendo el art. 347 del Código de Procedimiento Civil, reitera que su espíritu es que exista una sola sentencia, deben declararse sobre todos los puntos demandados, refiere que cuando el demandado admite los hechos, empero asigna un sentido jurídico distinto, la calificación de puro derecho debe correr los traslados a las partes, con los mismos argumentos descritos acusa aplicación indebida de la Ley, alegando que el Auto de Vista omite sobre la citación a los codemandados, describe el art. 17 de la Ley Nº 025, y el art. 334 del Código de Procedimiento Civil, respecto de citar con la demanda al demandado
- Distrito: Santa Cruz
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Cita parte del Auto de Vista respecto a la pérdida de competencia, y cita el
- Expone que al dictarse la primera sentencia, el Juez ya se hubiera perdido competencia para
- Cita parte del Auto de Vista referente al art
- Asimismo refiere interponer recurso de casación en la forma, alegando se anule obrados hasta fs
- Por lo expuesto solicita que en base al recurso de casación en el fondo se
- La demandada, por memorial de fs
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Consecuentemente, se dirá que el art
- Precisamente por los fundamentos expuestos precedentemente, en razón al caso de autos, corresponde a continuación
- Principio de finalidad del acto
- Principio de Conservación
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- De dichos principios y concordante con lo desarrollado en el anterior numeral, se deduce que
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- Asimismo corresponde señalar que en este punto la entidad recurrente es reiterativo, respecto que no
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- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
