Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
7.- Respecto a la acusación relativa de citarse a los codemandados José Carlos Sánchez Verazain y Calixto Jaime Jurado Justiniano; estas acusaciones ya fueron resueltas en el punto 3 de acuerdo a la doctrina aplicable III.1
8.- En lo demás sobre la acusación de que en sentencia debe declararse todas las pretensiones, la misma resulta ser ininteligible.
Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art. 220.II del Código Procesal Civil
8.- En lo demás sobre la acusación de que en sentencia debe declararse todas las pretensiones, la misma resulta ser ininteligible.
Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art. 220.II del Código Procesal Civil
- Distrito: Santa Cruz
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Cita parte del Auto de Vista respecto a la pérdida de competencia, y cita el
- Expone que al dictarse la primera sentencia, el Juez ya se hubiera perdido competencia para
- Cita parte del Auto de Vista referente al art
- Asimismo refiere interponer recurso de casación en la forma, alegando se anule obrados hasta fs
- Por lo expuesto solicita que en base al recurso de casación en el fondo se
- La demandada, por memorial de fs
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Consecuentemente, se dirá que el art
- Precisamente por los fundamentos expuestos precedentemente, en razón al caso de autos, corresponde a continuación
- Principio de finalidad del acto
- Principio de Conservación
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- De dichos principios y concordante con lo desarrollado en el anterior numeral, se deduce que
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- 3
- Asimismo corresponde señalar que en este punto la entidad recurrente es reiterativo, respecto que no
- 6
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
