Auto Supremo AS/1358/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1358/2016

Fecha: 30-Nov-2016

sin duda que debe ser dilucidado en función a lo resuelto en el proceso ejecutivo;


Sobre el particular, se debe indicar que en la ordinarización del proceso ejecutivo
sin duda que debe ser dilucidado en función a lo resuelto en el proceso ejecutivo; es decir, lo determinado en sentencia con relación a la demanda en base al título ejecutivo y/o sobre las excepciones opuestas como medio de defensa del ejecutado; tiene por objeto esencial examinar el cumplimiento de los requisitos para la procedencia del proceso ejecutivo, o sea, la legitimación de las partes, la competencia del Juez, la exigibilidad de la obligación que debe ser de plazo vencido, la calidad del título ejecutivo, culminado en la resolución emitida por el órgano jurisdiccional