Auto Supremo AS/0425/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0425/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Por todo lo expuesto, se concluye que al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas

Por todo lo expuesto, se concluye que al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación en la forma y en el fondo cursante de fs. 147 a 148, conforme los fundamentos antes expuestos, evidenciando que el Tribunal ad quem realizó una correcta interpretación de toda la normativa aplicable a la materia, corresponde dar aplicación a las disposiciones legales contenidas en el art. 220.II del CPC-2013, aplicable por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT