Auto Supremo AS/0957/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0957/2016-RRC

Fecha: 05-Dic-2016

En el apartado II


En el apartado II.4.1 del considerando II del Auto de Vista impugnado el Ad quem, también refirió que del análisis de la sentencia apelada, se tendría que el acusado adecuó su accionar al tipo penal del art. 308 del CP, modificado por el art. 83 de la Ley 348, pues la víctima por su estado de ebriedad se hallaba incapacitada de poder resistir el acceso carnal contra natura, estado que a decir del A quo, no alcanzaba para determinar la gravedad prevista por el inc. d) del art. 310 de la norma sustantiva penal; razón por la que, según señala el Tribunal de alzada, el Tribunal de mérito afirmó que la capacidad de autodeterminación –en la víctima-, estuvo presente, empero, no en la intensidad extrema que exige el precepto, por lo tanto no probada, argumento que a decir del Ad quem, había sido expuesto con relación a la agravante y no en cuanto al tipo principal descrito por el art. 308 del CP, que es autónomo