Auto Supremo AS/0957/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0957/2016-RRC

Fecha: 05-Dic-2016

Fundamentando el mismo defecto e invocando como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales 315/2006 de 25


Fundamentando el mismo defecto e invocando como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales 315/2006 de 25 de agosto y 021/2007 de 26 de enero, alega que el Tribunal de mérito no observó el art. 13 del CP, pues había emitido resolución sin considerar los hechos objetivos como ser que su persona no llevó a la víctima a un lugar alejado, no le obligó a consumir bebidas alcohólicas, no planificó el hecho y por el contrario su conciencia estaría perturbada gravemente por el consumo de bebidas alcohólicas; por lo que a decir del recurrente, bajo el principio de igualdad correspondía declarar la antijuricidad de su acción por ingesta de bebidas alcohólicas, pues los testigos habían declarado sobre su estado de embriagues al punto de que no podía ponerse su pantalón; por lo que, considera que debió aplicarse lo dispuesto por el art. 17 de la norma sustantiva penal o en su caso el art. 18 de la norma legal referida