Estableciéndose, que ninguno de los argumentos expuestos por el Tribunal de alzada, en los cuales
Estableciéndose, que ninguno de los argumentos expuestos por el Tribunal de alzada, en los cuales se refirió al informe pericial médico, existe un criterio de valoración de la prueba, sino que la misma se refiere a las conclusiones a las que llegó el A quo, con base al mencionado informe pericial; por lo que, se establece que no es evidente que el Tribunal de apelación hubiera incurrido en revalorar la prueba a tiempo de resolver alguno de los agravios fundamentados en apelación restringida, por l oque el motivo denunciado, carece de mérito
- Por memorial presentado el 6 de julio de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 9/2016 de 13 de abril (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 663/2016-RA de 31 de agosto,
- 1) El recurrente denuncia que habiendo indicado como agravio la errónea aplicación de la ley
- 2) EL Auto de Vista recurrido es una copia o transcripción de la Sentencia, en
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 663/2016-RA de 31 de agosto, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 9/2016 de 13 de abril, el Tribunal Primero de Sentencia de la Capital
- El nombrado imputado, interpone recurso de apelación restringida, identificando como agravios de la sentencia entre
- Fundamentando el mismo defecto e invocando como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales 315/2006 de 25
- Finalmente, el recurrente alegó que el Tribunal de mérito no analizó el art
- b) Que, la Sentencia incurrió en fundamentación contradictoria, al sostener que se tiene como evidente
- c) Que, la Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- A
- C
- III
- En este primer motivo, la parte recurrente invoca el Auto Supremo 431 de 11 de
- Conforme lo señalado, se establece que no existe situación fáctica análoga entre el motivo de
- El recurrente alegó que el Tribunal de alzada señaló que existió una penetración contra natura,
- En principio cabe mencionar que el debido proceso, conforme lo prescrito por nuestra Constitución Política
- Dentro de los derechos que forman parte del debido proceso, se encuentra el art
- En el caso de autos, de la revisión minuciosa del Auto de Vista impugnado, este
- Argumento del Tribunal de apelación, que de ninguna manera puede ser considerado una revaloración de
- En el apartado II
- Estableciéndose, que ninguno de los argumentos expuestos por el Tribunal de alzada, en los cuales
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
