Auto Supremo AS/0017/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2016

Fecha: 15-Feb-2016

iv) Errónea interpretación y aplicación indebida de la Ley (art

iv) Errónea interpretación y aplicación indebida de la Ley (art. 43 de la Ley N° 2492), al establecer que la AT realizó una correcta determinación bajo el método de base cierta en relación al concepto de facturas anuladas; sin justificar legalmente el hecho de que la no tenencia de facturas legales originales anuladas, por parte del contribuyente, otorga derecho a la AT de percibir tributos, porque así lo establecerían los precedentes administrativos y la jurisprudencia; sin considerar que ni la Ley N° 2492 y tampoco la Ley N° 843, establecen en su contenido la correspondencia del IVA cuando el contribuyente no cuente con el original de la factura anulada, por lo que tal afirmación no resulta apegada a la Ley, peor si en la determinación asumida por la AT existen dudas, lo que provoca que la deuda establecida sea irreal y no objetiva