Auto Supremo AS/0017/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2016

Fecha: 15-Feb-2016

Que, por los datos del proceso se tiene ciertamente que, la Sentencia de primera instancia

Que, por los datos del proceso se tiene ciertamente que, la Sentencia de primera instancia (fs. 491 a 500) declaró probada en parte la demanda, disponiendo la nulidad de obrados hasta la RD inclusive, al haber concluido que la AT incumplió con lo dispuesto en el art. 99.II del CTb – Ley N° 2492, respecto a los requisitos mínimos que debe contener la RD, además que la Entidad Fiscal no habría subsanado las observaciones efectuadas respecto a la determinación de la DT; resolución que al haber sido recurrida en apelación por ambas partes del proceso, fue resuelta por el Tribunal de Alzada, que a través de la Resolución ahora impugnada de casación, dispuso la revocatoria total de la Sentencia de primera instancia, declarando improbada la demanda interpuesta por el contribuyente; decisión última que es observada por el contribuyente, que acusa a la resolución impugnada de ser un fallo omisivo, que al ser denegatorio de sus pretensiones, considera que debió analizarse y fundamentarse todos los puntos que fueron motivo de la demanda, lo que no habría ocurrido