En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene
En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene:
Respecto al primer motivo, el recurrente denunció falta de pronunciamiento de los puntos apelados, arguyendo que el Tribunal de alzada no ha considerado los hechos que han motivado el recurso, ni de la abundante doctrina legal aplicable y que tampoco habría fundamentado cada uno de los puntos apelados; ahora bien, cabe referir los imperativos prescritos por los arts. 416 y 417 del CPP, que establecen la carga procesal de invocar precedente contradictorio en términos claros y precisos, señalar la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado, efectuando la debida fundamentación, especificando en qué consisten los defectos, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la solución pretendida, aspectos que no ocurren en la especie, en el que no existe una suficiente fundamentación ni motivación, limitándose a señalar que no se ha considerado su abundante doctrina legal aplicable, sin entrar a mayores explicaciones de que forma el Auto de Vista recurrido estuviera contradiciendo a los precedentes contradictorios invocados; además, tampoco cumple con los requisitos de flexibilización referidos en líneas arriba, en razón de que si bien ha señalado los antecedentes de hecho generador del recurso, pero no ha precisado el derecho o garantía constitucional vulnerado o restringido, tampoco ha detallado con precisión en qué consiste la restricción o disminución del derecho o garantía, y finalmente, no ha explicado el resultado dañoso emergente del defecto, y en consecuencia, el motivo deviene en inadmisible
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Acusa rechazo injustificado de la prueba; argumentando que el Tribunal de segunda instancia
- 3) Errónea aplicación de la ley sustantiva; el recurrente, previa acusación y relación de la
- Denuncia que el Auto de Vista no resolvió la falta de fundamentación; señalando que no
- 4) Valoración defectuosa de la prueba; arguyendo (previa denuncia de la Sentencia), que el
- 5) Finalmente, acusa la inobservancia del principio de congruencia entre la acusación y la Sentencia;
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 16 de noviembre de 2015 (fs
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene
- Con relación al segundo motivo, acusó rechazo injustificado de la prueba (dictamen de auditoría practicada
- Al cuarto motivo, en el que se denuncia que el Auto de Vista no ha
- Lo atinente al quinto motivo, en el que se denunció la valoración defectuosa de la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
