Auto Supremo AS/0067/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0067/2016-RA

Fecha: 10-Feb-2016

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene


En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene:

Respecto al primer motivo, el recurrente denunció falta de pronunciamiento de los puntos apelados, arguyendo que el Tribunal de alzada no ha considerado los hechos que han motivado el recurso, ni de la abundante doctrina legal aplicable y que tampoco habría fundamentado cada uno de los puntos apelados; ahora bien, cabe referir los imperativos prescritos por los arts. 416 y 417 del CPP, que establecen la carga procesal de invocar precedente contradictorio en términos claros y precisos, señalar la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado, efectuando la debida fundamentación, especificando en qué consisten los defectos, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la solución pretendida, aspectos que no ocurren en la especie, en el que no existe una suficiente fundamentación ni motivación, limitándose a señalar que no se ha considerado su abundante doctrina legal aplicable, sin entrar a mayores explicaciones de que forma el Auto de Vista recurrido estuviera contradiciendo a los precedentes contradictorios invocados; además, tampoco cumple con los requisitos de flexibilización referidos en líneas arriba, en razón de que si bien ha señalado los antecedentes de hecho generador del recurso, pero no ha precisado el derecho o garantía constitucional vulnerado o restringido, tampoco ha detallado con precisión en qué consiste la restricción o disminución del derecho o garantía, y finalmente, no ha explicado el resultado dañoso emergente del defecto, y en consecuencia, el motivo deviene en inadmisible