Auto Supremo AS/0095/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

En lo que atañe a la supuesta observación del numeral 6 del art


(…) con relación al num. 4 del art. 370 del CPP, … la parte apelante no adecua su observación de manera puntual y coherente para efectos de que este Tribunal de Alzada pueda verificar si existe o no tal vulneración, confundiendo y/o mezclando al mismo tiempo una pretensión que al presente resulta ser contradictoria, a mayor abundamiento se reitera que al no haber formulado la exclusión probatoria ante el Tribunal de Sentencia y ante un eventual formulación, la reposición y reserva de recurrir, la apelante habría precluído su derecho para reclamar ante este Tribunal de alzada, por lo que carece de mérito este fundamento impugnatorio.

…) el reclamo del apelante respecto a este punto resulta improcedente en el entendido de que no fundamenta en que parte de la sentencia, existe esa falta de fundamentación, o que la misma sea insuficiente o contradictoria, simplemente se limita a realizar una relación de hechos de la producción de prueba testifical y documental, sin vincular o identificar el supuesto defecto que conlleva las declaraciones testificales del imputado, su esposa y la testigo Susana Navarro … de obrados se puede establecer la existencia descriptiva de la prueba testifical … existe la valoración de las atestaciones de los testigos esto aparejado con la prueba documental de descargo que fueron debidamente valorados por el Tribunal a-quo, con relación al supuesto hecho de cambio de nombre y de los delitos que se alega sobre falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, deberá acudir a la vía llamada por Ley toda vez que la Sentencia que generó este recurso no está encaminado a dilucidar temas distintos al hecho acusado que está relacionado con la muerte violenta de Oliver Cáceres Flores, por lo que es Tribunal a-quem no está facultado para analizar otros hechos que sean parte de la base del juicio oral tampoco valorar prueba y menos prueba de que no fue motivo del debate…

(…) revisando la Sentencia, … con relación a la prueba testifical, documental y de cargo y descargo… la existencia de valoración intelectiva, …. Existencia del elemento Óntico (fáctico), .. la existencia del elemento de logicidad .. y finalmente el elemento de la forma … en tal sentido carece de fundamento la observación…

En lo que atañe a la supuesta observación del numeral 6 del art. 370 del CPP …a tiempo de impugnar la actual apelante .. con relación a la defectuosa valoración de la prueba, no ha tomado en cuenta los referidos lineamientos .., por lo que al no indicar cuál es la supuesta vulneración o aspecto que le genere agravio carece de mérito su impugnación