Con relación a la respuesta al recurso de fs
Con relación a la respuesta al recurso de fs. 197 y vta., el demandado alega que la recurrente no habría fundamentado cuales son los motivos o razones en las que sustenta la supuesta vulneración, apoyando la decisión del Tribunal de Alzada bajo el fundamento de que los jueces tendrían la facultad de anular obrados con la finalidad de evitar conculcar derechos de las partes cuando dentro del proceso no se hubieran cumplido las normas adjetivas y/o sustantivas y que se estaría cumpliendo a cabalidad con la asistencia familiar fijada en el Juzgado Segundo de Instrucción de Familia de El Alto
- Distrito: La Paz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa resolución la demandante interpuso recurso de apelación, en cuyo mérito la Sala Civil
- Del contenido del recurso se extrae lo siguiente
- Acusa que al Auto de Vista habría vulnerado el art
- Por todo lo expuesto y habiendo sido señaladas las normas interpretadas en forma errónea, de
- Acusa vulneración del art
- Con relación a lo denunciado en este punto, se advierte que la recurrente acusa erradamente
- Los antecedentes informan que la demanda, interpuesta por Geaneth Virginia Arteaga Saygua de fs
- Pretensión que, por proveído de 26 de agosto de 2013 fue admitida en cuanto
- Que conforme el art
- En esa connotación, la necesidad de que se compruebe la unión irregular en un proceso
- Por otro lado, el régimen procesal familiar no concibe un trámite o procedimiento especial para
- Sobre lo manifestado, se advierte que los Tribunales de instancia confunden la naturaleza de la
- Con relación a la respuesta al recurso de fs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán
