Auto Supremo AS/0112/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0112/2016-RRC

Fecha: 17-Feb-2016

Ahora bien, a los fines de resolver la problemática planteada, necesariamente debemos remitirnos al


Ahora bien, a los fines de resolver la problemática planteada, necesariamente debemos remitirnos al Auto Supremo invocado por la parte recurrente, a objeto de verificar si se contradijo o no el mismo. Es así que dicho precedente, como ya se señaló precedentemente fue dictado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Suprema de Justicia en la resolución de un recurso de casación por el delito de Lesiones Leves, donde constató que el Tribunal de alzada al disponer la anulación de la sentencia condenatoria incurrió en revalorización de la prueba, situación por la que determinó dejar sin efecto el Auto de Vista entonces impugnado; sin embargo, en el caso en examen, no se presenta el mismo supuesto de hecho, ya que se reclama que el Auto de Vista ahora recurrido omitió valorar que el Tribunal de juicio incurrió en una fundamentación errada e incongruente; denuncia, que no tiene relación alguna con los fundamentos del precedente invocado