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    Auto Supremo AS/0115/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0115/2016-RRC

    Fecha: 17-Feb-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 22 de julio de 2015, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c) Notificados los recurrentes con el Auto de Vista impugnado, el 15 de julio de
    • I.1.1. Motivo del recurso admitido
    • Del memorial del recurso de casación interpuesto y del Auto Supremo 581/2015-RA de 10 de
    • I.1.2. Petitorio
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante el Auto Supremo 581/2015-RA de 10 de septiembre, se admitió el recurso de casación
    • II.1. Apelaciones Restringidas
    • II.1.1. Apelación de Noelia Abigail Zabala Lastra y Ronald Erick Zabala Lastra
    • Mediante recurso de apelación restringida, los imputados denunciaron Fundamentación insuficiente de la Sentencia y consecuente
    • II.1.2. Apelación de María Antonieta Lastra Quiroga Vda. De Zabala
    • Con los mismos fundamentos de la apelación anterior, denuncia también la fundamentación insuficiente de la
    • II.1.3. Apelación de Guillermo Marco Ledezma Jiménez
    • II.2. Auto de Vista
    • El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 07/2015 de 29 de junio, que
    • Segundo: … el num
    • 8º Que, analizados así los fundamentos y la resolución impugnada, se llega a establecer que
    • 10º … consecuentemente, las apelaciones formuladas por Noelia Abigail Zabala Lastra y Ronald Erick Zabala
    • 12º Que, la Juez de Sentencia Penal Nº 1de esta ciudad, en sus fundamentos expuso
    • 13º Que, este Tribunal ratificándose en lo analizado precedentemente, establece que en el caso que
    • Con los fundamentos expuestos, declara Improcedente el recurso de apelación restringida interpuesto por los acusado
    • Antes de realizar la labor de contraste encargada por el art
    • III.1. El recurso de casación
    • El recurso de casación es un mecanismo de impugnación que se encuentra garantizado por la
    • De tal manera que, en la labor de verificación o contraste entre lo resuelto en
    • En esa línea esta Sala Penal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de
    • III.2. Del precedente invocado
    • El recurrente invocó como precedente contradictorio las siguiente Resolución: El Auto Supremo 08/2012 de 30
    • Bajo dicha premisa de caracterización, resulta imprescindible en toda actuación procesal velar por el respeto
    • En ese sentido, corresponde al Tribunal de Alzada velar por el ejercicio pleno de aquellos
    • De lo expuesto, se evidencia la existencia de un fallo dictado sin la observancia de
    • Ahora bien, habiendo denunciado el recurrente, en el caso de autos, que el Auto de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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