Por otra parte, el recurrente refiere que el predio denominado Arsenal Central de Ejercito (EX
Por otra parte, el recurrente refiere que el predio denominado Arsenal Central de Ejercito (EX SERMEC), se encuentra en posesión del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz desde su transferencia y que es diferente de la denominada Estación Guaqui-La Paz, no son el mismo predio sino por el contrario son dos predios diferentes, sin embargo, el demandado no considera al momento de cuestionar este aspecto, toda vez que los de instancia al momento de emitir sus fallos, consideraron de manera precisa este extremo, en el entendido de que los predios tanto de la Fuerza Naval Boliviana como del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz cuentan con terrenos distintos, es decir que la superficie de 26.791 m2., se encuentra ubicada en Ex Estación ferroviaria La Paz – Guaqui de la ciudad de La Paz, en cambio el predio del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz se encuentra ubicada en la Plaza Antofagasta Ex Arsenal Central con la superficie de 7.106 m2., según la Escritura Publica Nº 697/1979 de 01 noviembre, registrada en oficinas de Derechos Reales con la Partida Nº 1874 Libro “B” de 1979, de donde se identifico de manera concreta y clara los predios en litigio, consecuentemente sus reclamos devienen en infundados
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Del mismo modo señala que el predio denominado Arsenal Central de Ejercito (ES SERMEC), se
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por lo manifestado anteriormente se concluye que la valoración de la prueba es una facultad
- De lo señalado, se tiene que el recurrente al haber acusado error de hecho y
- 2
- En el caso concreto, si bien inicialmente se dispuso mediante D
- Por otra parte, el recurrente refiere que el predio denominado Arsenal Central de Ejercito (EX
- Por todas las razones expuestas, habiéndose absuelto puntualmente las denuncias traídas a casación por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
