Auto Supremo AS/0126/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2016-RRC

Fecha: 17-Feb-2016

Al respecto, conforme se estableció precedentemente, no existe nulidad por la nulidad, a cuyo efecto,


La denuncia de la recurrente converge en lo sustancial, en la falta de fundamentación sobre las circunstancias que atañen a su personalidad, como ser que cuenta con 19 años, que es madre de un hijo de dos años y estar en estado de gestación de otro, circunstancias previstas en el art. 38 del CP.

Al respecto, conforme se estableció precedentemente, no existe nulidad por la nulidad, a cuyo efecto, le correspondía a la parte impugnante establecer la relevancia o trascendencia de los fundamentos expuestos en la decisión asumida por el Tribunal de mérito a tiempo de establecer su pena, por cuanto, conforme se observa la recurrente no hace alusión alguna a la forma en la que no se habrían considerado dichos aspectos por los miembros del Tribunal de Sentencia a tiempo de determinar el quantum de la pena por su participación en los hechos, limitándose a sostener de manera genérica que no se tomaron en cuenta las circunstancias que atañen a su personalidad, como ser que cuenta con diecisiete años, que es madre de un hijo de dos años y estar en estado de gestación de otro, citando al efecto el art. 38 del CP, sin especificar de modo alguno cuál el defecto absoluto sustentado en la posible lesión de algún derecho o garantía constitucional, aspectos que conllevan a declarar sin lugar el motivo de casación, en aplicación de los principios que rigen las nulidades procesales