Auto Supremo AS/0126/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2016-RRC

Fecha: 17-Feb-2016

Revisados los antecedentes, se evidencia que la parte recurrente en los memoriales de apelación y


III.2.5. Respecto a la denuncia de errónea aplicación de la Ley sustantiva

Revisados los antecedentes, se evidencia que la parte recurrente en los memoriales de apelación y alegación de sus motivos no fundamentó nada respecto a la errónea aplicación de la Ley sustantiva; en consecuencia, el Tribunal de alzada, al no haber tenido conocimiento de la denuncia, no pudo considerarla menos resolverla, a cuyo efecto, tratándose de un cuestionamiento directamente relacionado con la función jurisdiccional inherente al Tribunal de Sentencia, este Tribunal Supremo se ve impedido de realizar el control de legalidad sobre aspectos que no pasaron por el control del Tribunal inferior, conforme establecen los arts. 396 inc. 3) y 398 del CPP, que determinan que los Tribunales tienen que circunscribir su competencia a los puntos alegados y en caso de resolver este motivo traído a casación implicaría actuar sin competencia, así como resolver de oficio, consecuentemente este motivo deviene en infundado