Auto Supremo AS/0131/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2016

Fecha: 05-Feb-2016

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Distrito: Santa Cruz

VISTOS: El recurso de casación de fs. 578 a 580 y vta., interpuesto por Pedro Vacaflor Hernández, contra el Auto de Vista de 18 de noviembre de 2014, cursante a fs. 573 a 575, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de reconocimiento de mejor derecho propietario, acción reivindicatoria, acción negatoria, cancelación de partidas registradas en Derechos Reales, desocupación y entrega de inmueble seguido por Pedro Vacaflor Hernández contra Hernán Soria Galvarro Arispe, Osvaldo Crispín Arias, Gisela Lisset Flores Rivero, José Luis Limpias Rodas, Orlando Sanguino Calderón y Miguel López Abelo; la respuesta al recurso de fs. 588 a 591; el Auto de concesión de fs. 592; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Sentencia dictada por la Juez Segundo de Partido en Materia Civil y Comercial de la Capital de fs. 343 a 347, misma que declara probada la demanda principal de Fs. 21 a 23 y vta., e improbada la demanda reconvencional de fs. 78 a 81 y vta., disponiendo que la parte demandada José Luis Limpias Rodas, Hernán Soria Galvarro Arispe, Miguel López Abelo, Guísela Lisset Flores Rivero, Oswaldo Crispín Arias y Orlando Sanguino Calderón procedan a desocupar y entregar el bien inmueble ubicado en la Zona Sud, U.V. 169, manzana Nº 95 y 97, inscrito en las oficinas de DD.RR. bajo la matricula computarizada Nº 7011060083942 a favor de su propietario Pedro Vacaflor Hernández, dentro del plazo de veinte día, previa ejecutoria de la presente Resolución, bajo prevenciones de librársele mandamiento de desapoderamiento, complementada por Auto de 05 de agosto de 2013 cursante a fs. 350