Auto Supremo AS/0131/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2016

Fecha: 05-Feb-2016

En todo proceso la solución de conflictos es compatible con la búsqueda de la verdad,

En todo proceso la solución de conflictos es compatible con la búsqueda de la verdad, ya que una Resolución que no se fundamente en la veracidad de los hechos viene a generar una desconfianza generalizada hacia órgano judicial y un riesgo para mantener la armonía social, por lo que el compromiso del Juez es con la verdad y no con las partes del proceso, pues tiene como instrumento para llegar a esta verdad material, la facultad de decretar pruebas de oficio como se tiene ya manifestado, por ello la producción de pruebas de oficio en equidad no afecta la imparcialidad del Juez, ya que estas pruebas de oficio que determinen la verdad real de los hechos pueden favorecer a cualquiera de las partes sin que esto signifique limitar el derecho de defensa y contradicción que tiene la otra parte, pues los Jueces de instancia con las facultades que otorga la Ley de poder ordenar la producción de prueba de oficio a través del parágrafo II del art. 233 del Código de Procedimiento Civil solo debe buscar la verdad real de los hechos manteniendo firme su imparcialidad en la aplicación del principio de verdad material al caso concreto