En efecto, si bien el recurso de casación fue interpuesto en la “forma”, empero todo
En efecto, si bien el recurso de casación fue interpuesto en la “forma”, empero todo el fundamento que reclama sobre lo resuelto en el Auto de Vista se refiere a supuestos errores “in iudicando”, tales como que, la demandante no hubiese acreditado con documentación idónea poseer derecho alguno de manera específica sobre el lote de terreno ubicado en la U. V. 174 Mza. 39, lote Nº 14 y el de realizar una cronología de los antecedentes de primera instancia relacionados a la cuestión probatoria; los cuales conforme ha establecido la uniforme jurisprudencia en diferentes resoluciones solo procede para analizar y resolver errores “in procedendo” por cuanto no es posible pretender que por la casación en la forma se resuelvan cuestiones de fondo, como de manera incongruente y falta de técnica procesal recursiva se planteó de manera errónea y con ausencia de sustento legal
- negatoria
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Con respecto a las pretensiones contenidas en la reconvención y excepciones perentorias, que se tiene
- Conforme a lo previsto en el art
- En el fondo
- Que el Juez A quo hubiese incurrido en error de hecho, al realizar una inadecuada,
- En la forma
- Asimismo agrega que, que la demandante, no hubiese acreditado con documentación idónea poseer derecho alguno
- Finaliza solicitando, declarar la nulidad del Auto de vista y de la Sentencia, o deliberando
- II 3
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- La referida exigencia, tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el
- Por otra parte, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma",
- Precisamente porque el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho, que se
- En el caso en examen, el recurso de casación es manifiestamente defectuoso, pues la recurrente
- En cuanto a la forma
- En efecto, si bien el recurso de casación fue interpuesto en la “forma”, empero todo
- Por lo que se deduce que la recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO
- Sin costas ni costos al no existir contención
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
