La referida exigencia, tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el
La referida exigencia, tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el fondo o en la forma; también en ambos cuerpos procesales se permite al recurrente acusar que en la apreciación de las pruebas de ha incurrido en error de hecho o en error de derecho, caso en el cual debe identificarse el error incurrido y la forma de su comisión, si se trata del “error de derecho” tiene que ver con el valor probatorio, en cambio si se trata del “error de hecho”, tiene que ver que en el cotejo (confrontación) de la descripción efectuada por el juzgador respecto al medio de prueba y evidenciar el yerro (suposición, cercenamiento o confusión) que se hubiera generado al momento de absorber el contenido del medio de prueba para trasladarlo en la Resolución impugnada
- negatoria
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Con respecto a las pretensiones contenidas en la reconvención y excepciones perentorias, que se tiene
- Conforme a lo previsto en el art
- En el fondo
- Que el Juez A quo hubiese incurrido en error de hecho, al realizar una inadecuada,
- En la forma
- Asimismo agrega que, que la demandante, no hubiese acreditado con documentación idónea poseer derecho alguno
- Finaliza solicitando, declarar la nulidad del Auto de vista y de la Sentencia, o deliberando
- II 3
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- La referida exigencia, tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el
- Por otra parte, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma",
- Precisamente porque el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho, que se
- En el caso en examen, el recurso de casación es manifiestamente defectuoso, pues la recurrente
- En cuanto a la forma
- En efecto, si bien el recurso de casación fue interpuesto en la “forma”, empero todo
- Por lo que se deduce que la recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO
- Sin costas ni costos al no existir contención
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
