Auto Supremo AS/0147/2016-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0147/2016-RI

Fecha: 25-Feb-2016

Por lo que se deduce que la recurrente no ha cumplido con el art


Al margen de ello, la recurrente si suponía que, el Auto de Vista omitió considerar los supuestos agravios mencionados en su apelación, no identifica en forma específica los mismos, simplemente realiza un relato intrascendente de escaso contenido jurídico de los antecedentes en primera instancia que a su criterio significarían agravios, olvidando mencionar al Auto de Vista que en su segundo considerando, identificó como agravios “la contradicción e incongruencia de la sentencia y la incoherencia e incongruencia en la motivación de la sentencia”, extremo que demuestra la impericia al plantear el recurso de casación.

Por lo que se deduce que la recurrente no ha cumplido con el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, que resulta ser análogo al requisito descrito en el num. 2) del art. 258 del Código de Procedimiento Civil, norma con la que fue planteado el recurso de casación