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2.Ante esta determinación, Martha Eid de Pomier en representación legal de La Caja Petrolera de Salud de Santa Cruz, interpuso recurso de casación en el fondo, que por error del funcionario de Plataforma de atención al Usuario en el timbre electrónico se consignó el Juzgado Segundo Tributario Coactivo y Fiscal, siendo que el encabezamiento está dirigido a la Sala Social Tributario y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia cursante a fs. 54
- CONSIDERANDO I
- Indica que el Tribunal de la Sala Social Contencioso Tributario y Administrativa Segunda, desconoce la
- CONSIDERANDO II
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- 4
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- En consecuencia, el recurso como tal debe reunir determinados requisitos, estar adecuadamente fundamentado, acusar
- El art
- En este razonamiento, el Auto de Vista Nº 27/2015 de 18 de diciembre de 2015,
- En ese entendido debemos señalar que el recuso de compulsa previsto en el art
- Asimismo se evidencia también que el Juez de origen no conocía que se presentó el
- Con respecto al memorial presentado por los representantes legales de la Inmobiliaria Las Misiones S
- Por todo lo expuesto, y en cumplimiento del principio de accesibilidad y de verdad material,
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
