Por todo lo expuesto, y en cumplimiento del principio de accesibilidad y de verdad material,
Por todo lo expuesto, y en cumplimiento del principio de accesibilidad y de verdad material, el principio del derecho a la defensa y el principio a la seguridad jurídica establecida en el art. 178 de la Constitución Política del Estado, en el presente caso, se debe declarar la legalidad de la compulsa interpuesta, conforme lo establecen los arts. 279, 280, 281 y siguientes del Código Procesal Civil
- CONSIDERANDO I
- Indica que el Tribunal de la Sala Social Contencioso Tributario y Administrativa Segunda, desconoce la
- CONSIDERANDO II
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- En consecuencia, el recurso como tal debe reunir determinados requisitos, estar adecuadamente fundamentado, acusar
- El art
- En este razonamiento, el Auto de Vista Nº 27/2015 de 18 de diciembre de 2015,
- En ese entendido debemos señalar que el recuso de compulsa previsto en el art
- Asimismo se evidencia también que el Juez de origen no conocía que se presentó el
- Con respecto al memorial presentado por los representantes legales de la Inmobiliaria Las Misiones S
- Por todo lo expuesto, y en cumplimiento del principio de accesibilidad y de verdad material,
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
