Indica que el Tribunal de la Sala Social Contencioso Tributario y Administrativa Segunda, desconoce la
Indica que el Tribunal de la Sala Social Contencioso Tributario y Administrativa Segunda, desconoce la Circular de Presidencia del Consejo de la Magistratura, No 093/2007 de 8 de noviembre de 2007, que en sus puntos 1, 4 y 10 es categórica al establecer que el cargo de Plataforma de Atención al Usuario es válido para el computo de plazos, debiendo pedir un informe al Jefe de Plataforma de Atención al Usuario sobre la presentación de recursos y no limitarse a revisar libros, por lo que existe omisión y error del Tribunal
- CONSIDERANDO I
- Indica que el Tribunal de la Sala Social Contencioso Tributario y Administrativa Segunda, desconoce la
- CONSIDERANDO II
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- En consecuencia, el recurso como tal debe reunir determinados requisitos, estar adecuadamente fundamentado, acusar
- El art
- En este razonamiento, el Auto de Vista Nº 27/2015 de 18 de diciembre de 2015,
- En ese entendido debemos señalar que el recuso de compulsa previsto en el art
- Asimismo se evidencia también que el Juez de origen no conocía que se presentó el
- Con respecto al memorial presentado por los representantes legales de la Inmobiliaria Las Misiones S
- Por todo lo expuesto, y en cumplimiento del principio de accesibilidad y de verdad material,
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
