Auto Supremo AS/0151/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2016-RRC

Fecha: 07-Mar-2016

De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador


De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador se limite a transcribir los antecedentes procesales, los fundamentos de las partes o hacer una relación de normas legales sin que se ponga en evidencia el iter lógico, o camino del razonamiento, a efecto de arribar a determinada conclusión, para de esta manera cumplir con la previsión del art. 124 del CPP, lo contrario significaría vulneración al debido proceso en su elemento de la debida fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales, …”