De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis
Mediante Auto Supremo 630/2015-RA de 26 de noviembre (fs. 372 a 375), se admitió el recurso de casación interpuesto por Ernesto Rosas Cardona, para el análisis de fondo de su primer y segundo motivo, ante la concurrencia de los presupuestos de flexibilización.
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis del recurso, se establece lo siguiente:
II.1.Sentencia
- Por memorial presentado el 26 de junio de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 2/2014 de 8 de mayo (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Ernesto Rosas Cardona, Fátima Rodríguez Dorado, Gualberto Yonima
- I.1.1. Motivos del recurso
- Los motivos del recurso cuyo análisis de fondo corresponde por determinación del Auto Supremo 630/2015-RA
- 2) Además, argumenta la errónea aplicación de la ley sustantiva, en cuanto al art
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente impetra se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, previa admisión del
- I.2. Admisión del recurso
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis
- Se sustanció la audiencia de juicio contra el recurrente por el delito de Contrabando de
- II.2.Apelación restringida
- El imputado junto a los demás acusados, interpusieron recurso de apelación restringida, alegando: i) Violación
- II.3.Auto de Vista impugnado
- En el presente recurso de casación, el imputado denuncia que el Tribunal de alzada no
- III.1. Referencia a los derechos y garantías invocadas por el recurrente
- Respecto al derecho a la defensa, la jurisprudencia a través del Auto Supremo 230/2014-RRC de
- El derecho a la defensa definido como el: ‘
- A su vez, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Bolivia a través de
- De manera específica la misma norma internacional en el acápite 2 del citado art
- Esto significa, que dentro del proceso penal se visualizan tres funciones, como son la requirente
- …tiene un carácter dual ya que puede ser ejercido por el defensor y por el
- En relación al derecho a la igualdad procesal y el debido proceso, son términos estrechamente
- III
- A los fines de resolver este primer motivo del recurso de casación sujeto a análisis
- En ese sentido, el Auto Supremo 297/2012-RRC de 20 de noviembre, ha señalado que: “La
- Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada y motivada a
- Ahora bien, a los fines de resolver la temática planteada es menester acudir a los
- Posteriormente, a fs
- Por tanto, en el presente motivo, no se advierte la conculcación del derecho a la
- Antes del análisis particular de este segundo motivo de casación, es menester expresar que sobre
- Así, si una resolución cumple con la garantía de la debida motivación y está sustentada
- De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador
- De ello, se establece que los Tribunales de alzada a momento de emitir sus fallos
- Por esta razón, en el Auto Supremo 65/2013-RRC de 11 de marzo, se precisó: “No
- Ahora bien, en el caso de autos, la parte recurrente denuncia que el Tribunal de
- Al motivo alegado, el Tribunal de alzada inicialmente refirió que: “puede observar que los recurrentes,
- Es decir, la parte recurrente no puede cuestionar la respuesta brindada por el Tribunal de
- En el caso, se establece que si bien el Tribunal de alzada erradamente destacó que
- Consecuentemente, no existe relevancia constitucional para el efecto pretendido, y por tanto, este Tribunal no
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
