Auto Supremo AS/0170/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0170/2016-RRC

Fecha: 07-Mar-2016

De lo expuesto precedentemente, se establece que no existe una situación similar entre los hechos


De lo expuesto precedentemente, se establece que no existe una situación similar entre los hechos fácticos que generaron la doctrina legal aplicable en los precedentes invocados como contradictorios y el motivo traído en casación, pues si bien el primer precedente invocado estableció la existencia de errónea aplicación de la norma sustantiva penal, estuvo referida a los elementos que componen el tipo penal de Despojo, por lo que este Tribunal no puede ingresar a establecer la posible contradicción o no, entre el primer precedente invocado y el caso de autos, habida cuenta que la denuncia está referida a la errónea aplicación de la norma sustantiva; empero, respecto del delito de Perturbación de la Posesión, ilícito que contempla elementos diferentes al tipo de Despojo; siendo indispensable como se argumentó en el acápite III.1 de la presente Resolución, que en materia sustantiva el supuesto fáctico análogo exige que el hecho analizado –tipo penal- sea similar al hecho que se juzga y cuyo control de legalidad se demanda; aspecto que en el caso de autos no acontece