Auto Supremo AS/0186/2016-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2016-RI

Fecha: 09-Mar-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 150 a 151 vta., interpuesto por el demandante Fernando Veizaga Cuellar a través de su representante Lizeth Cayuba Ibáñez contra del Auto de Vista Nº 02/2016 cursante de fs. 144 a 146 vta., pronunciado por la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, en el proceso ordinario sobre cumplimiento de obligación y reparación de daños y perjuicios seguido por el recurrente en contra del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, el auto de fs.154, que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
En base a la demanda de cumplimiento de obligación y reparación de daños y perjuicios de fs. 38 a 43, subsanada de fs. 93 a 96, seguido por Fernando Veizaga Cuellar contra el Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, se inició el proceso, y por Auto definitivo Nº 70/2015 de fecha 15 de junio de 2015, cursante a fs. 123 vta., el Juez de primera instancia, se declaró incompetente en razón de materia para proseguir con la tramitación del proceso, disponiendo que la parte interesada acuda a la vía llamada por ley; consecuentemente anuló obrados hasta el auto admisorio de demanda de fs. 99 vta