Auto Supremo AS/0186/2016-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2016-RI

Fecha: 09-Mar-2016

II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto


II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto:
En el fondo.-
Que, el Tribunal de Alzada en el Auto de Vista, solo se hubiese referido a la naturaleza y aplicaciones de los contratos y sus procesos, y que habría una interpretación errónea de la ley, puesto que conforme al art. 295 y siguientes del Código Civil, se trataría de una demanda de cumplimiento de obligación contraída por el Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, que estaría protegido por los arts. 13.I.; 14.I. II. III. IV.; 46.I. II.; 47.I.; 48.I.; 56.I. II.; 110, 11, 113, 114 de la Constitución Política del Estado, que al no ser aplicados, menos mencionados, transgredirían dichas normas